Qué deducir de tu Declaración Anual

El 30 de abril es el último día para presentar tu declaración anual como Persona Física. ¿Aún no sabes qué puedes deducir?. Conoce qué gastos, además de los relativos a tu actividad, puedes presentar antes las autoridades hacendarias.
¿Aún no has realizado tu declaración anual? ¿Tienes dudas sobre lo qué puedes deducir? Aquí te enlistamos los gastos que puedes deducir, adicional a los relacionados con tu actividad.
- Honorarios médicos y dentales
- Gastos funerarios y hospitalarios, prótesis, honorarios de enfermeras, análisis y estudios clínicos
- Primas por seguros de gastos médicos
- Donativos otorgados a instituciones autorizadas
- Transporte escolar (obligatorio) de los hijos o nietos
- Intereses reales pagados derivados y créditos hipotecarios para casa habitación
- Las aportaciones complementarias para el retiro
Todos los gastos anteriores se pueden deducir cumpliendo los límites y requisitos previstos en la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Presenta a tiempo tu Declaración Anual 2009, evita el pago de recargos, y en su caso, requerimientos y multas.
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